Los bienes de la Asociación se destinarán única y exclusivamente a los fines perseguidos por ésta y de acuerdo con los presentes estatutos. Con un máximo del 60% de las cuotas ordinarias  recaudadas en el año escolar, se creará un fondo de solidaridad para el uso exclusivo de los asociados activos. El fondo será para otorgar ayudas económicas, para cubrir costos educativos de los hijos e hijas de los asociados Activos, matriculados en el Colegio.

El valor del fondo no es acumulable año a año y no deberá exceder el 60% de las cuotas ordinarias del correspondiente año escolar.  Los valores no ejecutados durante el año escolar deberán ser reintegrados al patrimonio de la Asociación.


Ceremonia de e ntrega de Auxilios 2007

La Junta Directiva de la Asociación reglamentará  el fondo de solidaridad de acuerdo con  los presentes estatutos.

 

 

 

 

 

Escuela de Padres · Unidad Medica Escolar · Servicio de Alimentos ·
Becas y Auxilios · Seguros · Convenios Institucionales

 

 


Comité de Comunicaciones ASOBARTOLINA
Cra. 5 N. 34-00 PBX: 2874022
E-mail: webmaster@asobartolina.com